De acuerdo a la ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación, la contratación del seguro decenal es obligatoria para cualquier obra destinada a convertirse en vivienda. De este modo, se garantiza la seguridad de quienes habitan un edificio de reciente construcción durante un plazo de 10 años posteriores a la entrega de la obra.
Generalmente, para conseguir un mayor soporte por parte de las compañías aseguradoras —que en ocasiones lo incluyen incluso como requisito— los promotores de la obra se ven forzados a hacerse con los servicios de un Organismo de Control Técnico que supervise, en determinados puntos, la evolución de la construcción. No obstante, no todas las compañías trabajan del mismo modo.
En Seguros Decenales, te ofrecemos la posibilidad de contratar tu póliza decenal sin OCT y que sean nuestros propios técnicos los que revisen el proyecto. Además, atendemos a las necesidades de aquellos promotores de obras ya finalizadas que precisan de un seguro decenal pero cuyo seguimiento es ya difícilmente ejecutable para los Organismos de Control Técnico.